Laboral y Seguridad Social

El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que una persona desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.

Es importante determinar que varias son las fuentes de las que bebe el citado derecho laboral para desarrollarse y establecer la justicia que se estima pertinente. En concreto, se establece que entre aquellas destacan la Constitución, los contratos de trabajo, los tratados internacionales existentes, la ley o los reglamentos.

Como hecho social, el trabajo contempla el establecimiento de relaciones que no son simétricas. El empleador (es decir, quien contrata a un trabajador) cuenta con una mayor fuerza y responsabilidad que el empleado. Por eso, el derecho laboral tiende a limitar la libertad de cada compañia a fin de proteger al involucrado más débil de esta estructura.

El régimen de seguridad social boliviano se diferencia entre los dos siguientes conceptos:

 •Sistema Integral de Pensiones. Regulado en la Ley Nº 65, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones. Este sistema está compuesto, según se establece en el Art. 2 de la Ley 65, por:

 a)      El Régimen Contributivo que contempla la Prestación de Vejez, Prestación de Invalidez, las Pensiones por Muerte derivadas de éstas y Gastos Funerarios.

 b)      El Régimen Semi contributivo, que contempla la Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por Muerte derivada de éstas y Gastos Funerarios.

 c)      El Régimen No Contributivo, que contempla la Renta Dignidad y Gastos Funerales.

 Los siguientes enlaces recogen la Ley nº 65 y su Reglamento de desarrollo parcial, de 16 de marzo de 2011, en materia de prestaciones de vejez, prestaciones solidarias de vejez, prestaciones por riesgos, pensiones por muerte derivadas de éstas y otros beneficios.

Al respecto y en la relación que existe entre el empleado y el empleador, surgen diferentes dificultades que nosotros damos solución. 

entre estos, nuestros servicios se circunscriben a:

  1. Elaboración de contratos de trabajo.
  2. Contratación de personal local y extranjero, .
  3. Procedimientos migratorios.
  4. Conclusión de la relación laboral, .
  5. Cálculo y tramite de finiquitos,.
  6. negociación colectiva.
  7. Representación judicial en todas las instancias procesales.
  8. Demandas laborales
  9. Trámites relacionados a la Seguridad Social.
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